Elevan en NL penas por acoso sexual en transporte público

15 mayo novedades camion violencia sexual mty

La LXXV Legislatura de Nuevo León aprobó reformas al Código Penal estatal, a fin de elevar, hasta en una mitad, las sanciones en delitos de acoso sexual cometidos en el transporte público.

El diputado local, Melchor Heredia Vázquez, dio lectura a la iniciativa promovida por el legislador local, Alvaro Ibarra Hinojosa, y dictaminada por la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, la cual tuvo el voto favorable de 38 representantes populares.

 

Conforme a la reforma por adición al Artículo 271 bis 2 del Código Penal de Nuevo León,si el delito de acoso sexual se comete en instalaciones o vehículos destinados al transporte público o de pasajeros al momento en el que se está prestando el servicio, la pena se incrementará hasta en una mitad.

 

En caso de que el acosador sea el operador o conductor de la unidad, se le suspenderá la licencia para conducir o licencia especial de conductor, se estableció. Asimismo, el conductor no tendrá derecho a solicitar ni obtener concesión o permiso alguno para la prestación de servicio público de transporte de pasajeros”.

 

Lo anterior, hasta por el mismo plazo de la pena privativa de la libertad impuesta, la cual deberá iniciar al momento en el que el sentenciado haya cumplido con la pena privativa de la libertad o esta se hubiera tenido por cumplida.

 

Nuevo León tiene alerta de género en algunos municipios, sobre todo de la zona metropolitana, por ello es importante seguir proponiendo medidas que permitan combatir los delitos sexuales desde la raíz, y aprovechar la prevención, se señaló en la exposición de motivos.

 

A pesar de acciones preventivas en la materia por parte del Instituto Estatal de la Mujer, “no es suficiente, ya que debemos de aprovechar todas las herramientas que esté a nuestro alcance para la protección de las mujeres, y desincentivar la comisión de conductas sexuales sancionadas por la Ley en su contra”, añadió.

 

La iniciativa, “busca evitar que el delito de acoso sexual se de en el transporte público del estado, agravando la penalidad del mismo cuando ocurra en las instalaciones del transporte público o bien el vehículo destinado para ello”, puntualizó Heredia Vázquez.

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